La Cámara en lo Penal y Económico consideró que no existen pruebas de "enemistad manifiesta" ni de falta de imparcialidad por parte del magistrado.

La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico rechazó el pedido de apartamiento de Pablo Toviggino contra Diego Alejandro Amarante, juez a cargo del expediente donde se investiga al titular de la Asociación del Fútbol Argentino, Claudio "Chiqui" Tapia, y a varios dirigentes por presuntas infracciones a la Ley Penal Tributaria.
Los "hechos" desestimados por la justicia
La defensa de Pablo Toviggino había fundamentado su pedido de apartamiento en cuatro puntos específicos que, a su criterio, daban cuenta de una animosidad personal del juez hacia su persona. Por un lado, el tesorero de la AFA señaló que el juez lo obligó a retirarse del edificio de Tribunales por la puerta delantera tras su indagatoria, con el supuesto fin de garantizar una "fotografía del imputado" en los medios. Los camaristas Roberto Hornos y Carolina Robiglio a Justicia determinaron que es habitual ingresar y egresar por los accesos habilitados para el público y que la decisión no revela enemistad.
Por otra parte, la defensa de Toviggino cuestionó que se mantuviera la prohibición de salida del país para el resto de los imputados. El tribunal de alzada señaló que el Amarante brindó razones específicas para tales diferencias y que existen vías de apelación pertinentes para estas medidas de cautela.
En esa línea, los abogados del tesorero de la AFA criticaron el procesamiento sin que antes se realizara un peritaje contable solicitado sobre los registros de la entidad. En el fallo, los jueces Hornos y Robiglio recordaron que durante la etapa de instrucción, el juez de grado tiene la facultad discrecional de decidir cuáles de las medidas son pertinentes y útiles.
Finalmente, la Cámara en lo Penal y Económico echó por tierra los dichos de Toviggino, quien denunció un sistema de "notificación periodística", al señalar la existencia de medios que anticipaban las decisiones de Amarante. Ante ello, los magistrados concluyeron que no hay constancia de que el juez divulgara información y que los artículos fueron meras "estimaciones periodísticas" basadas en los plazos procesales legales.