La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación actualizó el salario mínimo, vital y móvil para julio. Con el nuevo aumento la cifra será de 317.800 pesos para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa.

Por su parte, para los trabajadores jornalizados, el valor por hora se fijó en 1589 pesos por hora.

La actualización se encuentra plasmada en la resolución 5/2025 publicada en el Boletín Oficial en mayo, la cual ya prevé los valores del salario mínimo, vital y móvil hasta agosto.

Los nuevos montos rigen para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en el Régimen de Trabajo Agrario, empleados de la Administración Pública Nacional, de todas las entidades y organismos donde el Estado Nacional actúe como empleador, siempre excluidas las asignaciones familiares.

En tanto, para agosto, el salario mínimo, vital y móvil está fijado en 322.00 pesos para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y en 1.610 pesos por hora, para los trabajadores jornalizados.

A su vez, la mencionada resolución establece que la Prestación por Desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley Nº 24.013, para los trabajadores convencionados o no convencionados, será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo.

Se aclara que en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del salario mínimo, vital y móvil vigente, ni superior al 100%.